El pleno del concejo municipal de Arequipa, aprobó una ordenanza que otorga beneficios tributarios excepcionales y generales a los contribuyentes. La medida busca incentivar el pago correspondiente al impuesto predial, impuesto vehicular y arbitrios municipales.
Se establece la condonación del 100% de las multas tributarias por deudas de los años anteriores al año 2025 a los contribuyentes que regularicen en forma voluntaria la presentación formal de la Declaración Jurada (D.J) y cumplan con el pago del impuesto correspondiente, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, hasta el 31 de diciembre del 2025.
Condonación del 90% de las multas tributarias a los contribuyentes que se encuentren en proceso coactivo y que, por efectos de fiscalización, hayan sido sancionados, siempre y cuando cumplan con presentar la Declaración Jurada que corresponda y cancelen la deuda determinada.
BENEFICIOS POR IMPUESTOS
-Condonación de intereses moratorios del 100% a quienes cumplan con la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 31/03/2025,
-97% a quienes cumplan con la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 30/06/2025,
-90% a quienes cumplan con la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 30/09/2025,
-85% a quienes cumplan con la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 31/12/2025.
-Los años anteriores al 2024 el 90% a quienes cumplan con la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 30/09/2025
-85% a quienes cumplan con la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 31/12/2025.
BENEFICIOS RESPECTO A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES
-Condonación de intereses moratorios del 100% a quienes cumplan con certificar la presentación de la D.J. y el pago del impuesto y arbitrio correspondiente hasta el 31/03/2025,
-97 % a quienes cumplan con certificar la presentación de la D.J. y el pago del impuesto y el arbitrio correspondientes hasta el 30/06/2025.
-90% a quienes cumplan con certificar la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 30/09/2025
-85% a quienes cumplan con certificar la presentación de la D.J. y el pago del impuesto correspondiente hasta el 31/12/2025.
-Los años anteriores al 2024 el 95% a quienes cumplan con la certificación de la D.J. y el pago del impuesto y arbitrio correspondientes hasta el 30/06/2025,
-90% a quienes cumplan con la certificación de la D.J. y el pago del impuesto y arbitrio correspondientes hasta el 30/09/2025
-85% a quienes cumplan con la certificación de la D.J. y el pago del impuesto y arbitrio correspondientes hasta el 30/06/2025.
Condonación del insoluto de los Arbitrios Municipales por los conceptos de barrido de calles y vías públicas, recolección y transporte de residuos sólidos, disposición final de residuos sólidos, mantenimiento de parques y áreas verdes y seguridad ciudadana.
-Se condonará hasta 03 meses a personas naturales y 1 mes a personas jurídicas que realicen el pago del impuesto predial hasta el 31/03/2025 y de 1 mes de personas naturales hasta el 31/07/2025.
Esta iniciativa busca incentivar el cumplimiento tributario y reducir el número de deudores, al tiempo que se otorgan plazos flexibles para que los contribuyentes puedan regularizar sus obligaciones fiscales.